Soy RESICO PERSONA FISICA ¿Debo presentar declaración anual?
- Dr. Eduardo Aguilar
- 3 abr
- 2 Min. de lectura

La eliminación de la Declaración Anual 2024 para RESICO personas físicas forma parte de la cuarta versión del segundo anteproyecto de la Resolución Miscelánea Fiscal 2024 (RMISC 2024)
Regla 3.13.7. – Pagos mensuales del régimen simplificado de personas físicas
Se establecen los siguientes beneficios:
Pago Mensual Definitivo:
A partir de 2024, los contribuyentes en el régimen simplificado que realicen su pago mensual, según lo estipulado en el artículo 113-E de la Ley del ISR, considerarán este pago como definitivo. Esto significa que, al hacer el pago mensual, ya no tendrán que presentar una declaración anual por esos ingresos específicos.
Exención de Declaración Anual:
Estos contribuyentes estarán exentos de presentar la declaración anual relacionada con los ingresos que obtengan bajo el Régimen Simplificado de Confianza. Esto incluye los artículos que normalmente requieren dicha declaración (113-F y 113-G, fracción VII).
Opción de Presentar Declaración Anual:
Los contribuyentes que apliquen las reglas 3.13.20 Opción de realizar actividades en copropiedad en Régimen Simplificado de Confianza y 3.13.21 Opción de nombrar representante común en copropiedad en Régimen Simplificado de
Confianza tienen la opción de presentar su declaración anual, aunque no están obligados a hacerlo.
Por otro lado, aquellos que utilicen la facilidad establecida en la regla 3.13.28 estarán obligados a presentar su declaración anual.
Esta adición simplifica el proceso para los contribuyentes en el régimen simplificado, ya que, al realizar sus pagos mensuales, se libera de la obligación de presentar declaraciones anuales, a menos que elijan hacerlo o estén sujetos a ciertas condiciones que los obliguen a presentarlas.
¿Para quienes no aplica el fin de la Declaración Anual 2024 de RESICO personas físicas?
Los contribuyentes que aplican la facilidad de la regla 3.13.28 no tendran esta facilidad por lo que DEBERAN presentar la declaracion anual
AGAPES
1.-que obtengan ingresos hasta 900 mil pesos están relevados de presentar declaraciones mensuales y anual ( regla 3.13.26., RMISC 2024)
2.-con ingresos mayores a 900 mil pesos y hasta tres millones 500 mil pesos, pueden no presentar declaraciones mensuales; sin embargo, SI deberán cumplir con la declaración anual (regla 3.13.28., RMISC 2024)
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